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| Oferta vinculante |
En la subrogación de hipotecas entre entidades financieras, se denomina oferta vinculante al documento que redacta la que realiza nueva oferta y dirige a la primera acreedora; con especificación de las condiciones que pone a disposición del cliente.En nuevas hipotecas, y según se recoge en la Orden Ministerial del 5-5-94 y Circular 5/94 del Banco de España , se denomina Oferta Vinculante al documento que las entidades prestadoras están obligadas a facilitar al cliente.
Habrán de estar especificadas todas las condiciones financieras del préstamo ofertado, y su período de validez no puede ser inferior a 10 días hábiles. |
| P |
| Periodo de Revisión |
Frecuencia en la modificación del tipo de interés en los préstamos a tipo variable. |
| Período de amortización |
Tiempo necesario para amortizar un préstamo hipotecario. |
| Porcentaje marginal |
Incremento porcentual que la entidad crediticia agrega al índice de referencia o ajuste para determinar la nueva tasa de interés aplicable en cada período de ajuste. |
| Precancelación |
Liquidación anticipada de un crédito, de acuerdo a lo establecido en contrato.
Normalmente, conllevan una penalización. |
| Preaprobación |
Situación previa a la oferta vinculante, como primera oferta a concretar una vez llevado a cabo el análisis personalizado de la solicitud. |
| Precio de mercado |
Punto de encuentro entre la oferta y la demanda en condiciones de libertad de mercado. |
| Préstamo para la construcción |
Para la financiación de inmuebles que se construyen, la entidad prestadora libera recursos en función del avance de la obra, normalmente a la vista de las correspondientes certificaciones de obra. |
| Propiedades comparables |
Bienes inmuebles de gran similitud con la de referencia, de parecidas características morfológicas y que se han vendido o alquilado reciéntemente. Son referentes para la realización de la tasación. |
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