| R |
| Registro de la Propiedad |
Oficina Pública para inscripción de inmuebles e incidencias relativas a los mismos. |
| Refacción |
Mejora de estructura o componente añadido que aumenta el valor de una propiedad y/o prolonga su vida útil. |
| Relación Cuota/ Ingreso |
Razón porcentual entre la cuota a pagar completa del crédito hipotecario y los ingresos netos computables del solicitante.
(Cuota Total/ Ingresos Computables)x 100 =
.% |
| Refinanciación |
Liquidación de un crédito con el importe obtenido de otro préstamo y utilizando la misma propiedad inmobiliaria como garantía- |
| Relación Deuda/Ingreso |
Razón porcentual entre el total de cuotas por deudas financieras a pagar por el solicitante, y sus ingresos computables.
(Total Cuotas a pagar / Ingresos Computables) x 100 =
.% |
| Relación Monto/Tasación |
Relación porcentual entre el importe del préstamo y la tasación realizada del inmueble con carácter previo al otorgamiento del préstamo La fórmula de cálculo es:
(Monto del préstamo/ Tasación) x 100 =
.% |
| S |
| Subrogación |
Cambio en el responsable de una hipoteca, adquiriendo los compromisos inherentes al contrato.
También se denomina así a la sustitución de la entidad acreedora por parte de otra que refinancia el préstamo. |
Sistema alemán |
Método matemático financiero para amortizar un crédito.
Los intereses se van calculando al aplicar el tipo sobre el principal de capital adeudado pendiente en cada período.
Resulta conveniente para la precancelación de créditos, pero son escasas las entidades financieras que cuentan con la posibilidad de contratación aplicando este sistema. |
Sistema francés |
Método matemático de cálculo financiero para la amortización de préstamos. Es el sistema más frecuentemente aplicado
La cuota de pago no varía, siendo decreciente la parte correspondiente a interés y creciente la parte de cuota destinada a amortizar el principal. |
Solicitante |
Personas físicas, mayores de edad o civilmente emancipados y no inhabilitados para el ejercicio del comercio. Los límites de edad los determionan los requisitos del seguro de vida. |
| T |
T.A.E. |
Tasa Anual Equivalente. Corresponde a la homologación a que obliga la ley para poder comparar condiciones de las diferentes entidades. Incluye intereses, gastos y comisiones. |
Tasación |
Valor certificado del inmueble. La lleva a cabo una empresa independiente especializada, según obliga la Ley Hipotecaria. |
Titulización |
Conversión en títulos valores de los derechos sobre contratos de hipoteca. |
Tope |
Limitación del aumento o disminución en las tasas de interés y montante de las cuotas. |
| U |
| V |
| Verificación |
Comprobación en el Registro de la Propiedad de la situación de una finca. Se puede obtener nota simple, certificación del Registro o llevar a cabo inspección de los libros. |
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V.P.O. (Vivienda de Protección Oficial). |
En España, son las viviendas con morfología y precios adecuados a los requerimientos de la Administración.
Permiten obtener ventajas fiscales y económicas a los compradores que habrán de reunir también una serie de requisitos de índole subjetiva y personal. |